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Poder Judicial Federal admite suspensión provisional en protección de 2 mil pescadores de la zona de Tamiahua afectados por derrames de Pemex

Poder Judicial Federal admite suspensión provisional en protección de 2 mil pescadores de la zona de Tamiahua afectados por derrames de Pemex

Alejandro Ávila

Veracruz, Ver.- El coordinador nacional de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, dio a conocer en sus redes sociales que la Fuerza Naranja logró que un juzgado federal con sede en Tuxpan de Rodríguez Cano, emitiera un acuerdo dentro del juicio de amparo 505/2026 (Mesa 3), tras el desahogo de la prevención presentada por el representante común, Rodolfo Rosas Díaz.

El órgano jurisdiccional determinó dar entrada formal a la solicitud de protección federal para 2 mil pescadores pertenecientes a cooperativas de la zona de Tamiahua, marcando el inicio de un proceso legal que ya contempla fechas cruciales para su resolución.

​De acuerdo con el documento oficial fechado el 21 de septiembre de 2026, la autoridad judicial resolvió:
​»…se admite a trámite la demanda», con base en lo dispuesto por los artículos 1°, 103, fracción I, 107, fracciones I, VII y XV de la Constitución Federal, así como diversos normativos de la Ley de Amparo.

​Asimismo, en respuesta a la petición del quejoso, se ordenó la apertura por separado del incidente de suspensión, conforme al artículo 128, párrafo segundo, de la referida legislación. Sobre este punto, el acuerdo destaca que la medida cautelar busca proteger la materia del juicio sin invadir esferas ajenas a la litis constitucional:
​»…la atribución depositada en el órgano de amparo para modular fundada y motivadamente las implicaciones futuras del otorgamiento de la suspensión no llega al extremo de poder ordenar la paralización de actos no reclamados en la demanda».

​El juzgador fijó la celebración de la audiencia constitucional para las diez horas con tres minutos del veintiuno de octubre de dos mil veiscéis, momento procesal en el cual se evaluará el fondo del asunto.

​Paralelamente, se requirió a las autoridades señaladas como responsables la rendición de su informe justificado.

«…pídase el informe justificado a la(s) autoridad(es) señalada(s) como responsable(s), quien(es) deberá(n) rendirlo por escrito dentro del término de quince días hábiles», plazo que comenzará a correr a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación del acuerdo. El juzgado también precisó que no se fija garantía al no advertirse que la medida cautelar cause daños o perjuicios económicamente reparables a terceros.

​En el ámbito operativo, el acuerdo autoriza que las notificaciones se realicen de manera electrónica a través del Sistema Integral de Seguimiento Expedientes (SISE) utilizando los usuarios designados por la parte quejosa (jockeavez, fersaud, moreno.diego, garzanatalie, jose.blix y clari.mald), además de facultar a diversas personas para oír notificaciones e imponerse de autos, tales como Juan Manuel Ramírez Velasco, Diego Moreno Martínez y Axel Reyna Mendoza, entre otros

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